En España, la posibilidad de deducir los gastos de gimnasio en la declaración de la renta varía según la comunidad autónoma de residencia. Actualmente, solo la Comunidad Valenciana y La Rioja ofrecen deducciones fiscales por actividades deportivas y saludables.
Comunidad Valenciana: Los residentes pueden deducir el 30% de los gastos en actividades deportivas, con un límite máximo de 150 euros. Para mayores de 65 años o personas con una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción aumenta al 60%. En el caso de mayores de 75 años o con una discapacidad igual o superior al 65%, la deducción alcanza el 100% del gasto, manteniendo el límite de 150 euros. Es imprescindible que la base liquidable general y del ahorro no supere los 32.000 euros en declaración individual o 48.000 euros en conjunta. Además, los pagos deben estar justificados con factura y abonados mediante medios bancarios.
La Rioja: Los contribuyentes pueden deducir el 30% de los gastos en gimnasios e instalaciones deportivas, hasta un máximo de 300 euros. Para personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción es del 100% de los gastos, respetando el límite de 300 euros. Los servicios deben haberse realizado durante el periodo impositivo y en el ámbito territorial de La Rioja, y es necesario justificarlos con una factura completa u ordinaria.
Es fundamental que los contribuyentes conserven las facturas y los justificantes de pago para poder aplicar estas deducciones correctamente en su declaración de la renta. Dado que estas deducciones son específicas de ciertas comunidades autónomas, se recomienda consultar la normativa vigente en cada región o acudir a un asesor fiscal para obtener información actualizada y personalizada.